Acceso Colegiados

El administrador de fincas pone todo su esfuerzo en proporcionar a los ciudadanos la información, la formación, las garantías y los servicios que continuamente y permanentemente se requieren para el ejercicio de una actividad técnicamente compleja, multidisciplinar y enormemente exigente.

 

La importancia socioeconómica que desarrolla el Administrador de Fincas Colegiado es palpable por los ciudadanos, la convivencia entre los vecinos e inquilinos ganan de forma directa, practica y cotidiana, consiguiendo una mejora en su calidad de vida.

Organización

Organización y constitución de comunidades, elaboración de Estatutos y Reglamentos, convocatoria y asistencia a Juntas.

Gestor Contable y Laboral

Elaboración de los presupuestos, gestión de cobro de cuotas y derramas, pago de los gastos tanto ordinarios como extraordinarios, emisión de los estados de cuentas correspondientes, además del Control y pago de Contribuciones y Arbitrios. Contratación, control y pago de los empleados de las fincas.

Secretario

Secretario en las Juntas, elaboración de las Actas de las Juntas y emisión de certificaciones de estas Actas, ejecución de los acuerdos de las Juntas.

Gerente

Seguimiento y control de proveedores, averías, seguros, bancos, Ayuntamiento, Comunidad Autónoma, Seguridad Social, Hacienda, pactando las mejores condiciones de servicio y económicas para la propiedad. Dirección del personal, preocupándose del correcto funcionamiento en la relación laboral entre patrono y trabajadores.

Asesor

Asesoramiento en múltiples temas: Inmobiliarios, alquileres, traspasos, compra-venta de inmuebles, Notario, Registrador de la Propiedad, IBI, viviendas de Protección Oficial, Rehabilitación de Inmuebles, etc.

  • Jurídicos, Asesoramiento, arbitraje y periciales judiciales y extrajudiciales. Intervención en demandas judiciales de conformidad con el artículo 21 de la Ley de Propiedad Horizontal.
  • Fiscales, obligaciones con la Hacienda pública en todos los aspectos relacionados con la propiedad, IVA, IRPF, declaraciones, alta en el censo, liquidaciones, etc.
  • Laborales:  Riesgos Laborales, Contratos, Seguridad Social, Medidas de Fomento del Empleo, INEM, Estatuto de los Trabajadores, Accidentes de trabajo, Incapacidad Transitoria por enfermedad, etc.
  • Técnicos, en aquellos aspectos tanto arquitectónicos e industriales que afectan al buen funcionamiento de los servicios y mantenimiento de la propiedad, asesorando sobre la mejor contratación de las empresas o técnicos que en la relación calidad-precio sean las más ventajosas.
  • Económicos, criterios de presupuestos, repercusión de gastos, liquidaciones, saldos individualizados, según División Horizontal, estatutos o acuerdos de Junta. repercusión de obras, actualizaciones de renta, liquidaciones, etc. en los casos de Arrendamientos.

Gestión de Conservación de las fincas

Los Administradores de Fincas Colegiados como miembros de Corporaciones de Derecho Público, deben también actuar en beneficio e interés de los consumidores y usuarios y de la sociedad en general, como consecuencia de las funciones esenciales que se ejercitan por sus miembros en la gestión, conservación y mantenimiento del patrimonio inmobiliario de nuestro país.

Los Administradores de Fincas Colegiados participan activamente con los distintos Organismos Públicos (estatales, autonómicos y locales) presentando informes y sugerencias en todo aquello que tiene relación con nuestro ámbito profesional.

Entre las múltiples funciones desempeñadas ante las Administraciones Públicas destacan:

  1. La garantía de la seguridad jurídica en la organización de las comunidades de propietarios, en las que habita el 80% de los ciudadanos españoles.
  2. La gestión económica integral de los recursos presupuestarios, entre las que se incluyen las dotaciones legalmente previstas para la conservación y mantenimiento de las edificaciones, o cualquier otro instrumento para el fomento de esta política pública que pudiera establecerse en el futuro.
  3. La conservación y mantenimiento del patrimonio inmobiliario de nuestro país y de la vivienda de los ciudadanos.
  4. La garantía del desarrollo y adecuada aplicación de las políticas de vivienda y de las políticas sociales definidas por la normativa vigente y por la Acción de las Administraciones Públicas.