El administrador de fincas pone todo su esfuerzo en proporcionar a los ciudadanos la información, la formación, las garantías y los servicios que continuamente y permanentemente se requieren para el ejercicio de una actividad técnicamente compleja, multidisciplinar y enormemente exigente.
La importancia socioeconómica que desarrolla el Administrador de Fincas Colegiado es palpable por los ciudadanos, la convivencia entre los vecinos e inquilinos ganan de forma directa, practica y cotidiana, consiguiendo una mejora en su calidad de vida.
Organización
Organización y constitución de comunidades, elaboración de Estatutos y Reglamentos, convocatoria y asistencia a Juntas.
Gestor Contable y Laboral
Elaboración de los presupuestos, gestión de cobro de cuotas y derramas, pago de los gastos tanto ordinarios como extraordinarios, emisión de los estados de cuentas correspondientes, además del Control y pago de Contribuciones y Arbitrios. Contratación, control y pago de los empleados de las fincas.
Secretario
Secretario en las Juntas, elaboración de las Actas de las Juntas y emisión de certificaciones de estas Actas, ejecución de los acuerdos de las Juntas.
Gerente
Seguimiento y control de proveedores, averías, seguros, bancos, Ayuntamiento, Comunidad Autónoma, Seguridad Social, Hacienda, pactando las mejores condiciones de servicio y económicas para la propiedad. Dirección del personal, preocupándose del correcto funcionamiento en la relación laboral entre patrono y trabajadores.
Asesor
Asesoramiento en múltiples temas: Inmobiliarios, alquileres, traspasos, compra-venta de inmuebles, Notario, Registrador de la Propiedad, IBI, viviendas de Protección Oficial, Rehabilitación de Inmuebles, etc.
- Jurídicos, Asesoramiento, arbitraje y periciales judiciales y extrajudiciales. Intervención en demandas judiciales de conformidad con el artículo 21 de la Ley de Propiedad Horizontal.
- Fiscales, obligaciones con la Hacienda pública en todos los aspectos relacionados con la propiedad, IVA, IRPF, declaraciones, alta en el censo, liquidaciones, etc.
- Laborales: Riesgos Laborales, Contratos, Seguridad Social, Medidas de Fomento del Empleo, INEM, Estatuto de los Trabajadores, Accidentes de trabajo, Incapacidad Transitoria por enfermedad, etc.
- Técnicos, en aquellos aspectos tanto arquitectónicos e industriales que afectan al buen funcionamiento de los servicios y mantenimiento de la propiedad, asesorando sobre la mejor contratación de las empresas o técnicos que en la relación calidad-precio sean las más ventajosas.
- Económicos, criterios de presupuestos, repercusión de gastos, liquidaciones, saldos individualizados, según División Horizontal, estatutos o acuerdos de Junta. repercusión de obras, actualizaciones de renta, liquidaciones, etc. en los casos de Arrendamientos.
![](https://www.cafbizkaia.com/wp-content/uploads/2017/05/afcolegiado.png)
Gestión de Conservación de las fincas
Los Administradores de Fincas Colegiados como miembros de Corporaciones de Derecho Público, deben también actuar en beneficio e interés de los consumidores y usuarios y de la sociedad en general, como consecuencia de las funciones esenciales que se ejercitan por sus miembros en la gestión, conservación y mantenimiento del patrimonio inmobiliario de nuestro país.
Los Administradores de Fincas Colegiados participan activamente con los distintos Organismos Públicos (estatales, autonómicos y locales) presentando informes y sugerencias en todo aquello que tiene relación con nuestro ámbito profesional.
Entre las múltiples funciones desempeñadas ante las Administraciones Públicas destacan:
- La garantía de la seguridad jurídica en la organización de las comunidades de propietarios, en las que habita el 80% de los ciudadanos españoles.
- La gestión económica integral de los recursos presupuestarios, entre las que se incluyen las dotaciones legalmente previstas para la conservación y mantenimiento de las edificaciones, o cualquier otro instrumento para el fomento de esta política pública que pudiera establecerse en el futuro.
- La conservación y mantenimiento del patrimonio inmobiliario de nuestro país y de la vivienda de los ciudadanos.
- La garantía del desarrollo y adecuada aplicación de las políticas de vivienda y de las políticas sociales definidas por la normativa vigente y por la Acción de las Administraciones Públicas.