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Subvenciones para la rehabilitación de vivienda en Euskadi

 

El programa de ayudas en materia de rehabilitación de viviendas y de edificios residenciales en Euskadi ha sido una constante en nuestra política pública de vivienda. No obstante, la política de ayudas ha sufrido importantes cambios a lo largo del tiempo para poder adaptarse a los nuevos retos que se planteaban a nivel global y las nuevas necesidades que reclaman desde la ciudadanía y el nivel local.

Como se describe en el Plan Director de Vivienda 2018-2020, la gran antigüedad del parque de viviendas de la CAPV y las exigencias del desarrollo sostenible, nos conducen a que uno de sus principales objetivos sea actuar sobre la ciudad ya construida e impulsar la mejora de las condiciones del parque de edificios residenciales; particularmente, en relación a los problemas asociados a la falta de accesibilidad (el 31% de los edificios residenciales no tiene ascensor) y mejora de sus condiciones de eficiencia energética. Así lo confirman las Inspecciones Técnicas realizadas hasta la fecha.

En concreto, en el período 2013-2016 se concedieron por parte del Gobierno Vasco ayudas para la rehabilitación de edificios residenciales por un importe global de 58,3 millones de euros, que han contribuido a la rehabilitación de un total de 50.205 viviendas; también en estos años se han puesto en marcha programas dirigidos a la rehabilitación integral de edificios en sus condiciones de seguridad, accesibilidad y eficiencia energética, lo que ha comportado una inversión de 21,8 millones de euros.

Los objetivos que en materia de rehabilitación de edificios nos hemos marcado en el Plan Director de Vivienda 2018-2020 son ambiciosos; nuestro objetivo es alcanzar las 56.000 viviendas rehabilitadas hasta el año 2020, haciendo un especial esfuerzo en materia de fomento de la accesibilidad, tan necesaria en un contexto demográfico de envejecimiento presente y futuro de la población vasca, con idea de ayudar a la instalación de 1.300 ascensores nuevos logrando así que 13.000 hogares vean mejoradas sus condiciones de vida en el uso de sus edificios; sin olvidarnos de seguir impulsando los programas de adaptación de espacios y de edificios de uso público, alcanzando los 420 nuevos programas impulsados.

En consonancia con la ambición de estos objetivos, prevemos un impulso de las diferentes líneas de ayudas existentes para los años 2019-2020, entre las que deben ser destacadas las siguientes;

1. Con la idea de favorecer las obras de rehabilitación y que las ayudas puedan alcanzar a un mayor número de hogares, las subvenciones a las comunidades de propietarios se discriminarían en función del número de viviendas existentes en el edificio, corrigiendo así la histórica disfunción de “hacer tabla rasa” entre comunidades, sin tener en cuenta la presencia de muchos o de pocos hogares.

2. Las ayudas para acometer obras para la rehabilitación integral y eficiente de los edificios de viviendas se articularán en una convocatoria abierta en el tiempo hasta el agotamiento del crédito disponible. No obstante, la novedad más importante consiste en que este programa de ayudas, también de cara a facilitar su gestión en el seno de las comunidades de propietarios, se extiende ahora a los edificios considerados aisladamente, sin necesidad, por lo tanto, de estos edificios queden integrados en conjuntos edificatorios. Estas importantes novedades del programa buscan aproximar sus características con el programa de ayudas para obras comunitarias tradicional.

3. De acuerdo a los objetivos señalados en el Plan Director de Vivienda 2018-2020, se da un impulso decisivo al régimen de subvenciones de obras comunitarias para el fomento de la accesibilidad en los edificios. Por esta razón se incrementarán las cuantías generales de las mismas, se introduce una nueva línea de ayuda consistente en subsidios de puntos de interés de los préstamos formalizados para accesibilidad, de tal manera que el coste financiero para las personas actuantes sea exactamente igual a cero, y, finalmente, se crea de forma específica un fondo económico extraordinario con el objetivo de favorecer, singularmente, a aquellas personas mayores de 65 años o discapacitadas que tienen dificultades para el abono de las obras; pudiendo alcanzar, en determinadas circunstancias (nivel de renta por debajo de 9.000 €), hasta el 100% del presupuesto protegible.

En la misma línea, el programa de ayudas para el fomento de la accesibilidad de espacios públicos y de edificios de interés público se configura en forma de convocatoria abierta para que los Ayuntamientos y las entidades locales tengan mayor flexibilidad de cara a gestionar este tipo de obras.

4. En materia de eficiencia energética, la experiencia recomienda que, en aras al principio de eficacia, las ayudas se vinculen a la obtención de un rendimiento de ahorro de consumos que pueda ser acreditado mediante la emisión de un certificado de eficiencia energética de los edificios. No obstante, conscientes de la necesidad de atender todas las circunstancias existentes en la realidad, se abre la posibilidad de que aquellas otras obras de eficiencia energética que no puedan alcanzar estos objetivos, puedan acogerse a las ayudas establecidas en materia de mejora de la habitabilidad.

5. En materia de obras particulares en viviendas, se propone el acercamiento de esta línea subvencional a los objetivos del Departamento, procurando atraer a los titulares de edificios de viviendas desocupadas, por carecer estas de las condiciones óptimas de habitabilidad – suponen un 50% del parque de vivienda deshabitadas -, con el requisito de que, una vez rehabilitadas, se integren en algún programa de intermediación pública para el fomento de la oferta de alquiler asequible en Euskadi.

6. Teniendo en cuenta la vital importancia de las condiciones de financiación de las obras de rehabilitación para las comunidades de propietarios, se ha llegado por nuestra parte a un acuerdo con las entidades de crédito y con el Instituto Vasco de Finanzas, para la creación de un instrumento financiero específico dotado con 30 millones de € hasta 2023, con la clara intención de mejorar las condiciones de provisión efectiva y financieras de los préstamos protegibles que se puedan suscribir para acometer estas inversiones.

También se está trabajando para optimizar al máximo la gestión administrativa interna de los expedientes, de cara a facilitar el acortamiento máximo de los plazos de resolución y pago de las subvenciones correspondientes a estos tipos de obras a favor de las personas beneficiarias, haciendo frente, así, a una situación que genera ineficiencias inesperadas y que tiene su causa en el espectacular crecimiento en actuaciones de rehabilitación protegidas.

7. Finalmente, debe destacarse que en la futura norma (a lo largo de 2019 entrará en vigor) se va a establecer un régimen de ayudas específico mejorado para las actuaciones de rehabilitación de viviendas y de edificios de viviendas en los municipios de las comarcas de Margen Izquierda, Zona Minera y Oarsoaldea en cumplimiento del mandato del Parlamento Vasco para fomentar este tipo de actuaciones, que se añade y se complementa, con el ya sistematizado refuerzo de las ayudas públicas en áreas degradadas y áreas de rehabilitación integrada.

Conscientes del importante reto que tenemos por delante en materia de rehabilitación de viviendas y edificios, en el Plan Director 2018-2020 ya hemos puesto en valor el papel que las personas administradores de fincas tienen para que esta política de rehabilitación tenga buenos resultados; por una parte, ayudándonos a difundir su existencia entre las comunidades de propietarios y por otra, como aliados estratégicos precisamos que os constituyáis, más a más, en los agentes catalizadores de toda la labor de gestión que comportan este tipo de actuaciones (obras, tramitación de subvenciones, etc.).

En este contexto, nuestro objetivo es intensificar la colaboración actual y explorar otros marcos innovadores de cogestión y creación de valor público para el inmediato futuro.